Facturación POS electrónica 2024: innovaciones y requisitos
Emitir una factura electrónica 2024 será un proceso que tendrá varios cambios respecto a lo que veníamos haciendo en 2023, por lo tanto, es fundamental que estés al día en las últimas actualizaciones que este proceso ha tenido.
De esta manera, podrás asegurarte no solo de que cumpliste con las normas legales señaladas por la DIAN, sino que podrás optimizar la eficiencia en los procesos de facturación de tu pequeña o mediana empresa.
Continúa leyendo y conoce de la mano de Cuenti 😉 cuáles son los cambios en facturación digital que este nuevo año trae, así como cuáles son los beneficios que este proceso le puede traer a tu negocio.
Requisitos de la facturación POS electrónica 2024
Si quieres ser facturador electrónico, es necesario que cumplas con todos los requisitos que te exige la DIAN, los cuales varían según el tipo de contribuyente y la actividad económica que se realice. Sin embargo, acá te enseñaremos algunos de los más comunes:
- Inscribirse en el RUT como facturador electrónico.
- Tener una firma digital que permite que las facturas que emitas sean auténticas.
- Contar un software o proveedor tecnológico autorizado por la DIAN. Este punto es fundamental, ya que, si no cuentas con uno, tu empresa NO podrá emitir facturas electrónicas, legales y válidas.
El software de Cuenti es un proveedor autorizado por la DIAN. No pierdas más tiempo y contrata un servicio legal y acreditado. 😉
- Garantizar la disponibilidad y confidencialidad de las facturas electrónicas.
Innovaciones de la facturación POS electrónica 2024
Según la resolución emitida por la DIAN, la nueva versión para la facturación electrónica que se adoptará será el anexo 1.9 (prorrogó el plazo del 2 de febrero al 1 mayo para entrar en vigencia), en esta se aclara que algunas de las novedades para este proceso son las siguientes:
Documento equivalente electrónico
La DIAN estableció la adopción del documento equivalente electrónico, es decir, que todas aquellas empresas o personas que estén obligadas a facturar y hayan optado por expedir cualquier otro documento equivalente, deberán sustituirlo por el documento equivalente electrónico.
Este documento debe cumplir con todos los requisitos y condiciones técnicas y tecnológicas comunes y específicas de la naturaleza de la operación.
Teniendo esto en cuenta, quienes estarán obligados a generar documentos electrónicos serán todos aquellos que hasta el momento emitieran documentos equivalentes a la factura de venta, entre los que se encuentran:
- Tiquetes de máquinas registradoras con sistemas P.O.S.
- Tiquetes o billetes de transporte de pasajeros terrestres o aéreos.
- Boletas de ingreso al cine.
- comprobante de liquidación de operaciones expedido por la bolsa de valores.
- Documento en juegos localizados.
- Formulario, fracción o boleta en juegos de suerte y azar, diferentes de los juegos localizados.
- Documento expedido para el cobro de peajes.
- Documento de operaciones de la bolsa agropecuaria.
- Documento expedido para los servicios públicos domiciliarios.
- Boleta de ingreso a espectáculos públicos.
- Boleta de ingreso a todos los espectáculos públicos previstos en el parágrafo 1 del artículo 3 de la Ley 1493 de 2011.
Es decir, que todas estas transacciones, que antes estaban siendo emitidas de forma manual, ahora deberán migrar al sistema electrónico y deberán ser reportadas de forma inmediata a la DIAN, en el momento en que se genere la venta de dicho bien o servicio.
Validación más estricta de la razón social y el NIT
Esta nueva versión implementa una validación más rigurosa en la Razón social y el NIT de una empresa, ya que deben estar alineados con los datos de RUT.
Formato, monedas y facturas de exportación
Las facturas deben ser emitidas en formato XML y en pesos colombianos (COP); sin embargo, para la representación gráfica se pueden mostrar otras monedas. Así mismo, para las facturas de exportación, se debe introducir una extensión que permita informar los valores en monedas diferentes al COP.
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Coincidencia fecha de emisión y fecha de firma
Es indispensable que la fecha en la que se emita la factura coincida con la fecha en la que se firma el documento. Este cambio busca que se sincronicen los procesos de emisión y registro.
Fin del margen de fecha de emisión
Dentro de los cambios más significativos se encuentra la eliminación de la opción para emitir facturas con una fecha diferente (10 días) respecto a la fecha de envío a la DIAN.
Es decir, que la fecha de emisión deberá ser exactamente la misma del día en que se envía a la DIAN.
Cambios en las tablas y los tipos de operación
Otro de los cambios es que se han modificado varias tablas, medios de pago, tipos de documento, tipos de operación y los motivos para las notas de crédito.
Modificaciones de las reglas en las notas de crédito
Además, las notas de crédito deberán ajustarse a las nuevas regulaciones, específicamente a aquellas que no hacen referencia a una factura electrónica, donde ahora es obligatorio incluir el periodo afectado, limitado a solo un mes.
Cambios en el calendario de implementación
Por último, se ha fijado un calendario de implementación, el cual varía de acuerdo con el tipo de contribuyente y con la relación al impuesto de renta y complementarios: (Actualizado al 5 de febrero de 2024)
Para este y todos los temas que estén relacionados con tu pequeña y mediana empresa cuenta con Cuenti. 💛
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